Uno de los propósitos de este sencillo ejercicio académico es analizar, sin necesidad de acudir a elucubrados discursos, si, por ejemplo, la realización de las audiencias judiciales virtuales, telemáticas remotas o por videoconferencia que se implementaron en el contexto de la pandemia de Covid-19 y que seguirán desarrollándose en el futuro - una vez superada la crisis - atenta contra el debido proceso en sus aristas tradicionales de inmediación, concentración, contradicción publicidad y otras garantías y, en caso de ser así, si ese menoscabo se encuentra justificado por los beneficios que la virtualidad judicial le reporta a la sociedad, en lo que tiene que ver con el acceso real, efectivo e igualitario de las personas a la administración de justicia y su influencia en los términos de resolución de los procesos judiciales.
Las controversias más álgidas en Colombia actualmente giran en torno a los procesos penales virtuales y aunque defendemos la virtualidad judicial, cabe aclarar que esta obra no tiene como objetivo primordial apoyar de manera categórica, radical e irreflexiva una postura en particular, pues todas las tesis enfrentadas son plausibles y se habrá de adoptar finalmente una solución que, sin lastimar los derechos de los acusados, comporten un beneficio desde la óptica de los principios de eficacia y eficiencia y teniendo como norte el acceso de las personas a la administración de justicia, de manera igualitaria.
De ahí que a lo largo de estos argumentos no solo se incluirán las tesis que apoyan la realización de juicios telemáticos o remotos, sino también las que se oponen con razonamientos respetables y con sólidas bases jurídicas. Todo con el fin de que los lectores, a su vez, adquieran conocimientos o fortalezcan sus propios planteamientos que redunden en la solución de los problemas que, no desconocemos, genera la virtualidad judicial.