En nuestro ámbito, el europeo y, por extensión, el occidental, aunque el derecho o complejo de derechos que es la libertad religiosa goza de garantías, sigue debatiéndose, a veces acaloradamente, sobre cuál debe ser el cierre de su regulación legal. Al modelo que obtiene actualmente mayor ventaja sobre nuestros ordenamientos lo avala cierta veteranía, no es difícil situar su origen en An Essay on Tolerance (1666), de John Locke, cuya mención tal vez llevará a algunos a sentir satisfacción, pero cuya lectura detenida he de recomendar, sobre todo porque bastante de lo que allí se dice sigue siendo todavía defendible para muchos; con esa lectura podrá apreciarse el grado de tolerancia y pragmatismo a que estuvo decidido a llegar el afamado filósofo.