eniendo en cuenta que cursa en la actualidad un proyecto de Código de Derecho Privado, he creído conveniente analizar las normas que, sobre hermenéutica del derecho privado, contiene dicho proyecto. La conveniencia del citado análisis se justifica por el hecho de que la nueva propuesta de legislación introduce como fuente preferencial de interpretación del derecho privado, la aplicación directa de la Constitución. Así las cosas, el derecho de los jueces podrá y deberá fallar los litigios entre particulares aplicando directamente la Carta Política, con lo cual, las normas de derecho privado quedan relegadas por el creacionismo de los jueces. Javier Tamayo Jaramillo.
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